Solo en teoría una empresa debería tener una ética empresarial, es decir un cúmulo de valores éticos que conduzcan las actuaciones con relación a sus empleados, a sus proveedores y a sus clientes. Dentro de un sistema capitalista, cualquier sistema ético no parece ser otra cosa que un accesorio o una fachada o un requisito que suponga las buenas prácticas.
¿Se hace necesaria una ética empresarial?
Si la premisa básica de la dinámica comercial es el Capitalismo, debemos decir que la implementación de una ética empresarial es imprescindible. El hecho cierto de que lo que mueve al mercado es la cola mpetitividad, sin escrúpulos y con el objetivo único de mantenerse en el negocio a costa de lo que sea. En este sentido la ética se hace necesaria y útil a la hora de crear un entorno armonioso dentro de la organización. Pero qué implica la implementación de una ética empresarial. Un término clave a la hora de entender esto es la confianza, una cofianza hacia el interior y hacia el exterior, es decir una confianza en el entorno laboral, la honestidad del profesional y de su grupo de trabajo, pero a su vez la confianza que la empresa pueda generar hacia los clientes. Si una empresa de forma coherente genera credibilidad y la credibilidad se traduce en que el cliente quiera volver a comprar.
En el caso ejemplar que he traído a cuenta, el llamado cartel de los pañales, al cliente le queda el sinsabor en la boca de pensar que una empresa que en sus comerciales exhibe valores como el respeto, el cariño, la templanza, el amor, pueda en determinado momento argüir mecanismos para obtener ganancias desproporcionadas poniendo en riesgo su credibilidad y su honestidad. Aquí no hay una ética coherente con los valores que quieren promover, claro esta, encaminados a convencer a la gente de que compre sus productos.
La problemática ética que yo traté desde el comienzo de nuestro ejercicio acerca de los dilemas éticos tiene que ver con la dicotomía que se da entre el interés general y el interés particular y las implicaciones éticas que se desprenden por ejemplo de cubrir la información de un delincuente en aras de proteger su dignidad, su presunción de inocencia y el debido proceso que se le pueda llevar. En este orden de ideas hay una situación que puede encajar muy pertinentemente en este caso y que si bien no es un caso que se haya presentado directamente en mi comunidad si es algo que nos puede afectar a todos.
¿Una persona que haya sido acusada en algún momento de su vida de pedofilia y que en su momento pagó una pena por este delito debe ser reseñado públicamente en los casos en los que vaya eventualmente acceda a un cargo público o privado en el que tenga que relacionarse con niños?
Si abordamos este caso dentro de la jurisprudencia se debe traer a cuenta el concepto de derecho al olvido. La corte constitucional se ha pronunciado al respecto con relación a una tutela instaurada por una mujer en la que se obligaba al periódico el tiempo a no publicar más noticias acerca de un delito que ella había cometido con antelación
La sentencia de la corte reza lo siguiente
La tutelante le pidió a El Tiempo Casa Editorial que removiera o rectificara la noticia en la que aparecía como sindicada, y el medio se negó. En el veredicto, según un comunicado de la Corte, se “consideró que no era procedente ordenar al medio de comunicación eliminar la noticia, debido a que ello afectaría de forma desproporcionada su derecho a la libertad de expresión”, pero sí creyó necesario “disponer medidas para proteger los derechos fundamentales de la tutelante”, que a juicio del tribunal, fueron vulnerados por la negativa del medio. (http://www.enter.co/cultura-digital/colombia-digital/colombia-corte-constitucional-se-pronuncia-sobre-el-derecho-al-olvido/)
En el caso de delitos de gran impacto como la pedofilia, el asunto es muy complejo porque tal como lo señaló en un capítulo de séptimo día publicado el 08 de mayo, denominado “Pedófilos sin obstáculos ¿a quién están protegiendo las leyes? En donde se cuestiona el hecho de personas acusadas de delitos contra menores, en este caso la pedofilia, se han involucrado en cargos en los que necesariamente tienen contacto con menores de edad, como un rector de un colegio en la costa o un pedófilo que dirigía un jardín infantil donde se prestaba el servicio de cuidado de niños.
El dilema se da en el siguiente sentido. Se debe respetar la dignidad de la persona que cometió el delito, el respeto a su buen nombre, la presunción de inocencia, el derecho al trabajo, el derecho al libre desarrollo de su personalidad o bien se deben respetar los derechos fundamentales de los niños como el derecho a la vida, a la dignidad, al respeto, a su cuidado.
Los expertos coinciden en que la mayoría de los pedófilos que salen de la cárcel son propensos a reincidir en estos mismos actos delictivos, pero no se puede sustentar la condena a un individuo por meros supuestos inductivos que no deben convertirse en una ley.
El dilema etico en este caso se presenta como de costumbre con los dilemas legales ya que la legalidad, termina siendo el marco que limita las acciones morales de una sociedad. En efecto, tenemos que el individuo afectado por la publicación de su vida privada en los medios de comunicación reclama para si el derecho a la dignidad; pero la pregunta es si la comunidad debería conocer su pasado, en especial cuando ha llevado a cabo crímenes que impactan directamente a las personas de la comunidad. Más allá de esta disputa se cierne otra que igual de problemática, a saber, quien tiene la potestad de censurar la información a la que acceden los medios de comunicación.
Las sociedades como la estadounidense o la europea se han tomado muy en serio el problema de la pedofilia y han creado bases de datos y restriscciones para aquellas personas que han sido en algun momento acusadas de este delito, ya que el principio fundamental es que esto es un trastorno psicológico que puede ocasionar reinsidencia en el delincuente.
La pregunta es de nuevo si se puede acusar o relegar a una persona por un crimen que ya pagó ante la sociedad o se debe tener cuidado. ¿usted metería a su hijo o hija en un colegio dirigido por un hombre acusado de pedofilia? es una situación para ser evaluada.
Uno de los temas más importantes en el desarrollo del estudio de la ética y de la moral es el que tiene que ver con el relativismo. La ética puede ser definida. En líneas muy generales como el establecimiento de las condiciones de comportamiento de una sociedad en general basados en unas directrices que se soportan en la concepción de bien o mal que se establezca. La moral por otro lado plantea la disposición individual a aceptar la ocurrencia o no de un acto en relación a las estructuras éticas y a su propia estructura moral. La ética puede sustentarse en las leyes y/o las costumbres de una sociedad que afectan la naturaleza de los actos Morales. Según lo plantea Adela Cortina, el relativismo no conduce a entender la ética y la moral desde el subjetivismo. Lo que se debe entender es que todos los seres humanos tenemos una capacidad ética, es decir, somos inevitablemente seres Morales porque en tanto que somos racionales podemos dirimir en un determinado momento sobre la pertinencia o no de un acto. Existe por tanto una tendencia natural que es parte de nuestra estructura natural; tenemos una armazón sobre la cual se basa la ocurrencia de los actos Morales. Por otro lado la moral describe los actos individuales y que son de libre elección para el sujeto moral. En esencia la idea planteada por Adela Cortina es que la capacidad estructural de la ética es común a todos los seres humanos, pero los contenidos pueden llegare a ser diferentes en gente de diferentes culturas o incluso de una misma.
Es en este contexto donde se gesta el relativismo moral que es el ápice para generar las discusiones éticas que determinan que un acto sea moralmente bueno o moralmente malo, moralmente pertinente o moralmente impertinente.
En efecto si todos compartiéramos la misma estructura moral y a su vez los mismos contenidos morales, sustentados sobre una misma ética, muy probablemente no habría discusión y en campos como la religión e incluso en el derecho los dilemas éticos se podrían superar ajustando un poco las normas que las rigen.
EL RELATIVISMO MORAL COMO PRODUCTO DEL RELATIVISMO CULTURAL
Siguiendo la exposición de la Maestra Adela Cortina podemos decir que el relativismo moral es consecuencia del relativismo cultural. Este paso explicativo de un lado a otro se sigue necesariamente y parece trivial pero es la fuente de todas las discusiones morales que se puedan suscitar. Esto se debe primordialmente a que somos seres sociales, influenciados por muchos factores internos y externos que determinan relativamente mi comportamiento, aun cuando exista una sólida base de principios que determinen el comportamiento de un individuo. Una cuestión moral. Si la muerte de un individuo contribuye a salvar 1000 vidas ¿No sería menester efectuar el sacrificio en aras del interés general? Muchos dirán que si porque la relación costo beneficio es provechosa para todos, pero otros dirán que el respeto a la vida debe estar por encima de cualquier cosa y nadie puede determinar con completa certeza que un sacrificio puede salvar 1000 vidas. Estos son los dilemas y disputas a los cuales nos vemos enfrentados en el estudio de la ética.