domingo, 29 de mayo de 2016

SOLUCION A UN DILEMA MORAL

VIDEO MOMENTO 5


PARTE 1

PARTE 2





ETICA MOMENTO 3

La ética empresarial.


Solo en teoría una empresa debería tener una  ética empresarial, es decir un cúmulo de valores éticos que conduzcan las actuaciones  con relación a sus empleados, a sus proveedores y a sus clientes. Dentro de un  sistema capitalista,  cualquier sistema ético no parece ser otra cosa que un accesorio o una fachada o un requisito que suponga  las buenas prácticas. 



¿Se hace necesaria una ética empresarial?

Si la premisa básica de la dinámica comercial es el Capitalismo, debemos decir que la implementación de una ética empresarial es imprescindible. El hecho cierto de que  lo que mueve al mercado es la cola mpetitividad, sin escrúpulos y con el objetivo único de mantenerse en el negocio a costa de lo que sea. En este sentido la ética se hace necesaria y útil a la hora de crear un entorno armonioso dentro de la organización. Pero qué implica la implementación de una ética empresarial. Un término clave a la hora de entender esto es la confianza, una cofianza hacia el interior y hacia el exterior, es decir una confianza en el entorno laboral, la honestidad del profesional y de su grupo de trabajo, pero a su vez la confianza que la empresa pueda generar hacia los clientes. Si una empresa  de forma coherente genera credibilidad y la credibilidad se traduce en que el cliente quiera volver a comprar. 

En el caso ejemplar que he traído a cuenta, el llamado cartel de los pañales, al cliente le queda el sinsabor en la boca de pensar que una empresa que  en sus comerciales exhibe valores como el respeto, el cariño, la templanza, el amor, pueda en determinado momento argüir mecanismos para obtener ganancias desproporcionadas poniendo en riesgo su credibilidad y su honestidad. Aquí no hay una ética  coherente con los valores que quieren promover, claro esta,  encaminados a convencer a la gente de que compre sus productos.  





PADLET MOMENTO 2


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padlet

domingo, 15 de mayo de 2016

DILEMA ETICO EN MI COMUNIDAD

La problemática ética que yo traté desde el comienzo de nuestro ejercicio acerca de los dilemas éticos tiene que ver con la dicotomía que se da entre el interés general y el interés particular y las implicaciones éticas que se desprenden por ejemplo de cubrir la información de un delincuente en aras de proteger su dignidad, su presunción de inocencia y el debido proceso que se le pueda llevar. En este orden de ideas hay una situación que puede encajar muy pertinentemente en este caso y que si bien no es  un caso que se haya presentado directamente en mi comunidad si es algo que nos puede afectar a todos.

¿Una persona que haya sido acusada en algún momento de su vida de pedofilia y que en su momento pagó una pena por este delito debe ser reseñado públicamente  en los casos en los que vaya eventualmente acceda a un cargo público o privado en el que tenga  que relacionarse con niños?
Si abordamos este caso dentro de la jurisprudencia se debe traer a cuenta el concepto de derecho al olvido. La corte constitucional se ha pronunciado al respecto con relación a una tutela instaurada por una mujer en la que se obligaba al periódico el tiempo a no   publicar más noticias acerca de un delito que ella había cometido con antelación

La sentencia de la corte reza lo siguiente

La tutelante le pidió a El Tiempo Casa Editorial que removiera o rectificara la noticia en la que aparecía como sindicada, y el medio se negó. En el veredicto, según un comunicado de la Corte, se “consideró que no era procedente ordenar al medio de comunicación eliminar la noticia, debido a que ello afectaría de forma desproporcionada su derecho a la libertad de expresión”, pero sí creyó necesario “disponer medidas para proteger los derechos fundamentales de la tutelante”, que a juicio del tribunal, fueron vulnerados por la negativa del medio. (http://www.enter.co/cultura-digital/colombia-digital/colombia-corte-constitucional-se-pronuncia-sobre-el-derecho-al-olvido/)
En el  caso de delitos de gran impacto como la pedofilia, el asunto es muy complejo porque  tal como  lo señaló en un capítulo de   séptimo día  publicado el 08 de mayo, denominado “Pedófilos sin  obstáculos ¿a quién están protegiendo las leyes? En donde se cuestiona el hecho de personas acusadas de delitos contra menores, en este caso  la pedofilia, se han  involucrado en cargos en los que necesariamente tienen contacto con menores de edad, como un rector de un colegio en la costa o un  pedófilo que dirigía un jardín infantil donde se prestaba el servicio de cuidado de niños.
El dilema se da en el siguiente sentido. Se debe respetar  la dignidad de la persona  que cometió el delito, el respeto a su buen nombre, la presunción de inocencia, el derecho al trabajo, el derecho al libre desarrollo de su personalidad o bien se deben respetar los derechos fundamentales de los niños como el derecho a la vida, a la dignidad, al respeto, a su cuidado.
Los expertos  coinciden en que la mayoría de los pedófilos que salen de la cárcel son propensos a reincidir  en estos mismos actos delictivos, pero no se puede sustentar la condena a un individuo por  meros supuestos inductivos que no deben convertirse en una ley.  




El dilema etico en este caso se presenta como de costumbre con los dilemas legales ya que la legalidad, termina siendo el marco que limita las acciones morales de una sociedad. En efecto, tenemos que el individuo  afectado por la publicación de su vida privada en  los medios de comunicación  reclama para si el derecho a la dignidad; pero la pregunta es si la comunidad debería conocer su pasado, en especial cuando ha llevado a cabo crímenes  que impactan directamente a las personas de la comunidad.  Más allá de esta disputa  se cierne otra que igual de problemática,  a saber, quien tiene  la potestad de censurar la  información a la que acceden los medios de comunicación. 




Las sociedades como la estadounidense o  la europea  se han tomado muy en  serio el problema de la pedofilia y han creado bases de datos y restriscciones para aquellas personas que han sido en algun momento acusadas de este delito, ya que el principio  fundamental es que esto es un trastorno psicológico que  puede ocasionar reinsidencia en  el delincuente. 

La pregunta es  de nuevo si se puede acusar o relegar a una persona por un crimen que ya pagó ante la sociedad o se debe tener cuidado. ¿usted metería a su hijo o hija en un colegio dirigido por un  hombre acusado de pedofilia? es una situación para ser evaluada.