La problemática ética que yo traté desde el comienzo de nuestro ejercicio acerca de los dilemas éticos tiene que ver con la dicotomía que se da entre el interés general y el interés particular y las implicaciones éticas que se desprenden por ejemplo de cubrir la información de un delincuente en aras de proteger su dignidad, su presunción de inocencia y el debido proceso que se le pueda llevar. En este orden de ideas hay una situación que puede encajar muy pertinentemente en este caso y que si bien no es un caso que se haya presentado directamente en mi comunidad si es algo que nos puede afectar a todos.
¿Una persona que haya sido acusada en algún momento de su vida de pedofilia y que en su momento pagó una pena por este delito debe ser reseñado públicamente en los casos en los que vaya eventualmente acceda a un cargo público o privado en el que tenga que relacionarse con niños?
Si abordamos este caso dentro de la jurisprudencia se debe traer a cuenta el concepto de derecho al olvido. La corte constitucional se ha pronunciado al respecto con relación a una tutela instaurada por una mujer en la que se obligaba al periódico el tiempo a no publicar más noticias acerca de un delito que ella había cometido con antelación
La sentencia de la corte reza lo siguiente
La tutelante le pidió a El Tiempo Casa Editorial que removiera o rectificara la noticia en la que aparecía como sindicada, y el medio se negó. En el veredicto, según un comunicado de la Corte, se “consideró que no era procedente ordenar al medio de comunicación eliminar la noticia, debido a que ello afectaría de forma desproporcionada su derecho a la libertad de expresión”, pero sí creyó necesario “disponer medidas para proteger los derechos fundamentales de la tutelante”, que a juicio del tribunal, fueron vulnerados por la negativa del medio. (http://www.enter.co/cultura-digital/colombia-digital/colombia-corte-constitucional-se-pronuncia-sobre-el-derecho-al-olvido/)
En el caso de delitos de gran impacto como la pedofilia, el asunto es muy complejo porque tal como lo señaló en un capítulo de séptimo día publicado el 08 de mayo, denominado “Pedófilos sin obstáculos ¿a quién están protegiendo las leyes? En donde se cuestiona el hecho de personas acusadas de delitos contra menores, en este caso la pedofilia, se han involucrado en cargos en los que necesariamente tienen contacto con menores de edad, como un rector de un colegio en la costa o un pedófilo que dirigía un jardín infantil donde se prestaba el servicio de cuidado de niños.
El dilema se da en el siguiente sentido. Se debe respetar la dignidad de la persona que cometió el delito, el respeto a su buen nombre, la presunción de inocencia, el derecho al trabajo, el derecho al libre desarrollo de su personalidad o bien se deben respetar los derechos fundamentales de los niños como el derecho a la vida, a la dignidad, al respeto, a su cuidado.
Los expertos coinciden en que la mayoría de los pedófilos que salen de la cárcel son propensos a reincidir en estos mismos actos delictivos, pero no se puede sustentar la condena a un individuo por meros supuestos inductivos que no deben convertirse en una ley.
El dilema etico en este caso se presenta como de costumbre con los dilemas legales ya que la legalidad, termina siendo el marco que limita las acciones morales de una sociedad. En efecto, tenemos que el individuo afectado por la publicación de su vida privada en los medios de comunicación reclama para si el derecho a la dignidad; pero la pregunta es si la comunidad debería conocer su pasado, en especial cuando ha llevado a cabo crímenes que impactan directamente a las personas de la comunidad. Más allá de esta disputa se cierne otra que igual de problemática, a saber, quien tiene la potestad de censurar la información a la que acceden los medios de comunicación.
Las sociedades como la estadounidense o la europea se han tomado muy en serio el problema de la pedofilia y han creado bases de datos y restriscciones para aquellas personas que han sido en algun momento acusadas de este delito, ya que el principio fundamental es que esto es un trastorno psicológico que puede ocasionar reinsidencia en el delincuente.
La pregunta es de nuevo si se puede acusar o relegar a una persona por un crimen que ya pagó ante la sociedad o se debe tener cuidado. ¿usted metería a su hijo o hija en un colegio dirigido por un hombre acusado de pedofilia? es una situación para ser evaluada.
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